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Marca personal en el sector del vino, del cava y de la cerveza

Álvaro de Santos | Cuando se trata de comercializar vino, cava o cualquier tipo de productos y/o de servicios, todo ello, se basa en la comunicación exitosa que se produce entre el vendedor y el comprador, la cual, culmina siempre en la mente de este último.

La marca personal, al igual que la marca comercial, es un signo distintivo especialmente diseñado para acceder a la mente del consumidor; y, una vez ahí, facilitar la comunicación comercial con éste.

La marca personal, a menudo, precede a la marca comercial. Supone, cuando menos, la ‘preventa de los productos y/o servicios’ (dentro de la mente del consumidor) comercializados bajo una marca comercial. Excepcionalmente, ambas, podrían -en su caso- llegar a coincidir en un mismo signo distintivo.

Llegados a este punto, ya podemos intuir el gran valor comercial inherente a la ventaja competitiva que supone el binomio ‘marca personal + marca comercial’ respectivamente fuertes. Por ello, debemos pensar en protegerlo legalmente. Sólo así, conseguiremos un monopolio legal (que nos será garantizado por ley) para poder gozar de todas las ventajas, con carácter exclusivo y excluyente, respecto de competidores indeseados.

Las personas, como seres vivos, no se pueden proteger jurídicamente en sí mismas conforme al Derecho de Marcas de la misma forma en que sí que puede protegerse un signo distintivo o marca. Por ello, hay que lograr sintetizar al máximo la esencia de la persona (como un conjunto unitario de: valores, principios, peculiaridades, virtudes, etc.) en uno o más signos distintivos, los cuales, sí que serán protegibles jurídicamente conforme al Derecho de Marcas; y, con ello, estaremos otorgando protección legal a la marca personal de dicha persona. Es decir, con todo su valor comercial inherente.

Uno de los grandes valores de la marca personal fuerte es su gran polivalencia comercial. A diferencia de las marcas comerciales (generalmente limitadas respecto de ciertos productos y/o servicios), una sóla marca personal marca personal, puede servir para comercializar productos y/o servicios, ‘a priori’, ajenos al entorno máscomúnmente conocido de tal persona. Evidencias de ello las hallamos, por ejemplo, en la actriz ROSI DE PALMA como marca personal para comercializar cerveza bajo la marca comercial AMBAR® o en el tenista RAFAEL NADAL como marca personal para comercializar servicios financieros bajo la marca comercial BANCO SANTANDER®.

Desde una óptica más homogénea, esto es, sin salirse del mundo del vino, encontramos grandes marcas personales, como la de D. CUSTODIO LÓPEZ ZAMARRA, vinculado desde el año 1.973 a la marca comercial ZALACAÍN®, para vender servicios de restauración. A pesar de estar actualmente jubilado, su marca personal aún conserva todo el valor de cuando aún se hallaba en activo; y, sin ningún género de dudas, sería un gran activo y un valioso reclamo para cualquier otra marca comercial de restauración que, hipotéticamente, volviera a contar con sus servicios profesionales como sumiller.

Análogamente, la marca personal, tiene un gran potencial comercial dentro del sector del vino para abrir mercados y llegar a otros públicos, más atípicos o alejados del cliente más tradicional de la marca de que se trate, especialmente, cuando nos referimos a los llamados ‘embajadores de marca’ o ‘brand ambassadors’. Buen ejemplo de ello, lo hallamos, recientemente, en la marca personal del actor PEDRO ALONSO (más conocido por interpretar a ‘BERLÍN’ en la afamada serie ‘LA CASA DE PAPEL’) para comercializar vinos bajo la marca comercial VIÑA POMAL®, a su vez, comercialmente vinculada a la marca de garantía D.O. LA RIOJA®.

En conclusión, todo acto de consumo es un acto de confianza, que es una cualidad personalísima. Por eso mismo, las personas confían en otras personas, especialmente, cuando detrás de éstas, se halla una gran marca personal fuerte.

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